El Consejo de Administración es el órgano de dirección de la Propiedad Horizontal, elegido por la Asamblea General de Copropietarios para un período de un año. Actúa como intermediario entre los copropietarios y el administrador, y toma decisiones colectivas orientadas al bienestar de la comunidad.
Su existencia y funciones están reguladas por el artículo 53 de la Ley 675 de 2001.
Funciones del Consejo
- Convocar a la Asamblea General cuando sea necesario.
- Nombrar y remover al Administrador de la copropiedad.
- Aprobar los estados de cuentas del administrador.
- Ejercer las funciones administrativas que le delegue la Asamblea.
- Velar por el cumplimiento del reglamento de propiedad horizontal.
- Aprobar el presupuesto de gastos e ingresos del año siguiente cuando la Asamblea no lo haga.
- Aprobar los reglamentos internos de uso de zonas comunes.
Composición
El Consejo está integrado por un número impar de miembros, no inferior a tres (3), conforme lo establezca el reglamento de la P.H. Todos deben ser propietarios de unidades privadas en el conjunto.
Wilmar Johanny Betancur Mejía
Apto 601 — Torre 1
Geraldin Salazar Agudelo Gelves
Apto 609 — Torre 2
Jhonn Jairo Carrillo Gelves
Apto 310 — Torre 2
Henry David Doria Segura
Apto 1115 — Torre 2
Tatiana Marcela Grajales Vera
Apto 1101 — Torre 1
Liliana Marcela Pineda Pérez
Apto 507 — Torre 1
Carlos Andrés Ramírez
Apto 612 Torre 2
ℹ️ Para postularte al Consejo de Administración, debes ser propietario de una unidad en el conjunto y estar al día con las cuotas de administración. Las elecciones se realizan en la Asamblea General Ordinaria de cada año.
Contacto
Las comunicaciones dirigidas al Consejo de Administración deben radicarse por escrito en la oficina de administración o enviarse al correo